Dos recientes resoluciones judiciales en Costa Rica están marcando un precedente importante en materia de derecho de familia, al reconocer que una persona podría recibir una compensación económica tras una infidelidad, siempre que logre demostrar que sufrió un perjuicio concreto como consecuencia del engaño.
Los fallos dejan claro que no basta con probar la existencia de una relación extramarital. Para que exista una condena económica, la persona afectada debe acreditar que la situación tuvo consecuencias reales y comprobables en su vida.
No toda infidelidad genera una indemnización
Especialistas explican que los tribunales no están estableciendo un pago automático por una infidelidad.
Por el contrario, cada caso debe analizarse individualmente para determinar si existió un daño moral, psicológico, social o económico que justifique una compensación.
Entre los aspectos que podrían valorarse se encuentran cuadros de ansiedad, depresión, afectaciones emocionales, deterioro de relaciones familiares, problemas laborales o pérdidas económicas derivadas de la ruptura.
La prueba será determinante
Las resoluciones judiciales destacan que la persona demandante debe aportar elementos objetivos que permitan acreditar la afectación sufrida.
Entre las pruebas que podrían presentarse figuran:
- Informes psicológicos o psiquiátricos.
- Documentación médica.
- Pruebas laborales relacionadas con afectaciones económicas.
- Testimonios.
- Otros elementos que permitan establecer una relación directa entre la infidelidad y el daño alegado.
Los jueces deberán determinar si existe un vínculo claro entre el comportamiento denunciado y las consecuencias reclamadas.
Redes sociales podrían influir en el monto
Uno de los elementos analizados por los tribunales fue la exposición pública de la relación extramarital.
Cuando la nueva relación es mostrada de manera abierta mediante fotografías, videos o publicaciones en redes sociales, los jueces podrían considerar que el impacto emocional sobre la persona afectada fue mayor.
Por esa razón, la exposición pública podría convertirse en un factor relevante al momento de fijar una eventual indemnización.
Fallos recientes fijaron indemnizaciones millonarias
En uno de los casos estudiados por los tribunales, una persona recibió una indemnización de ₡1 millón por los daños derivados de una infidelidad.
En otro expediente, la compensación aumentó a ₡5 millones, luego de que se acreditara que la relación extramarital era mantenida de forma pública y constante, generando una afectación significativa para la expareja.
Un cambio importante en la jurisprudencia
Abogados especializados consideran que estas resoluciones podrían influir en futuros procesos judiciales relacionados con divorcios y responsabilidad civil dentro del ámbito familiar.
Sin embargo, recalcan que el criterio central seguirá siendo la demostración del daño. La existencia de una infidelidad por sí sola no garantiza una compensación económica.
Los tribunales deberán valorar en cada caso si el engaño produjo consecuencias suficientemente graves como para generar una obligación de indemnizar a la persona afectada.


