Histórico fallo: Sala IV obliga a la CCSS otorgar licencia para cuidar a bebé de madre adicta
CCSS debe pagar daños y perjuicios en este caso de custodia.
La Sala Constitucional ha ordenado a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) otorgar una licencia de cuido a una mujer que se ha hecho responsable de cuidar a una recién nacida desde el 8 de marzo.
La madre biológica de la menor, quien enfrenta una adicción a las drogas, no está en condiciones de cuidar a su hija, lo que motivó al Patronato Nacional de la Infancia (PANI) a otorgar la custodia temporal a la recurrente.
El fallo detalla que la mujer ha asumido el cuidado de la bebé bajo las medidas de protección del PANI, lo que incluye visitas diarias supervisadas con la madre, así como llevar a la niña a controles médicos debido a que nació con sífilis, enfermedad transmitida por su progenitora. La recurrente había solicitado la licencia a la CCSS para cumplir con estas responsabilidades, pero le fue denegada.
La Sala IV resolvió que la negativa de la CCSS no tenía fundamentos válidos, considerando que la situación de la menor requiere una protección especial. Por ello, ordenó que se otorgue de manera inmediata la licencia extraordinaria a la mujer, siempre que la niña siga bajo su cuidado, y condenó a la institución al pago de los daños y perjuicios.