¿Es el 2 de Agosto un Feriado de Pago Obligatorio? Aquí te lo Contamos
El próximo 2 de agosto, Costa Rica celebra el Día de la Virgen de los Ángeles, una fecha que, en este 2024, cae en viernes y no se traslada. Pero, ¿es este feriado de pago obligatorio?
En el país, los feriados se dividen en dos categorías: de pago obligatorio y de pago no obligatorio. Sin importar la categoría, todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar del feriado. Sin embargo, en términos de compensación, las reglas pueden variar.
Feriado de Pago no Obligatorio
El Día de la Virgen de los Ángeles, el 2 de agosto, es un feriado de pago no obligatorio, según lo establece el código de trabajo costarricense. ¿Qué significa esto para los trabajadores? Según el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), para las empresas que pagan semanalmente (en actividades no comerciales), el salario se calcula solo con el tiempo efectivamente trabajado durante la semana. Por lo tanto, no se incluye el pago del día feriado a menos que se trabaje ese día, en cuyo caso se paga un salario sencillo.
Condiciones de Trabajo en el Feriado
Si un empleado trabaja el 2 de agosto, y lo hace en horas extras, estas deben ser remuneradas a tiempo y medio, es decir, de manera ordinaria. Además, ningún trabajador está obligado a laborar en días feriados no obligatorios. Si un trabajador decide no trabajar ese día, no puede ser sancionado por ello.
Derechos de los Trabajadores
Tanto las empresas nacionales como transnacionales están obligadas a conceder el disfrute de los feriados a sus empleados, independientemente de la modalidad de pago. Esto asegura que todos los trabajadores puedan participar en las celebraciones y actividades relacionadas con el Día de la Virgen de los Ángeles.
Con estos detalles, los trabajadores pueden planificar mejor su tiempo y entender sus derechos respecto a los feriados en Costa Rica.