OMS excluye criterio de las partes interesadas en el control del tabaco del CMCT
La entidad considera que las corporaciones, vendedores y consumidores de tabaco no deben influir en las políticas de salud pública.
Del 8 al 13 de noviembre del presente año la Organización Mundial de la Salud (OMS) llevará a cabo de forma virtual la Novena Conferencia de las Partes (COP) de su Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT).
Pese a que todo está dispuesto para la actividad hay un sector de la industria del tabaco que no fue invitado: los productores, fabricantes, vendedores y consumidores de tabaco, limitando, además, el acceso a medios de comunicación independientes no alineados con la posición que allí se irá a defender.
La entidad considera que las corporaciones, vendedores y consumidores de tabaco no deben influir en las políticas de salud pública.
Pero, ¿qué es el Convenio Marco para el Control del Tabaco?
El Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) es el primer acuerdo multilateral firmado en virtud del artículo 19 de la constitución de la OMS, el primero en vincular a los países en busca de un problema de salud no transmisible. Fue adoptado en mayo de 2003 y entró en vigor en febrero de 2005, se ha convertido en uno de los tratados más amplia y rápidamente ratificados en la historia de las Naciones Unidas.
El CMCT recomienda reglas y regulaciones para la producción, distribución, venta, publicidad e impuestos de todos los productos de tabaco. Los países ratificantes, es decir, la mayoría de los países del mundo, en mucho casos implementan las resoluciones tomadas en las Conferencias de las Partes (COP) bienales en la legislación nacional.
Hasta ahí todo bien, la polémica surge porque los acuerdos que se logran en esta conferencia son entre los funcionarios de la OMS y miembros de los gobiernos afines, llamando la atención de algunas instituciones relevantes como el Competitive Enterprise Institute (CEI), que estudia tendencias de política pública en todo el mundo. La crítica a esta conferencia, apunta a que productores, fabricantes, vendedores y consumidores de tabaco no cuentan con un representante ni acceso en la mesa de discusión.
Las prohibiciones incluso alcanzan a los periodistas que quieran cubrir la IX COP. Los comunicadores deben declarar que no tienen vínculos financieros o de otra índole con la industria del tabaco. Además de eso, para participar en la actividad deben de entregar información personal que será sometida a análisis para aprobar o no el ingreso y la participación.
Una de cada seis personas en la Tierra fuma. Es incomprensible el hecho de que 1.300 millones de personas no tengan voz en cómo se les gobierna.
De esta forma no se puede afirmar que las COP son conferencias que incluyen el punto de vista de todas las partes interesadas sino que se trata de reuniones unilaterales que consisten en un grupo de personas que imponen su voluntad al resto de las personas sin tomar en cuenta si están de acuerdo o no.
El artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, un tratado administrado bajo los auspicios del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, establece el derecho de todo ciudadano a participar directamente en los asuntos que le conciernen.
Sin embargo, el CMCT se brinca olímpicamente este derecho, rechaza la participación pública y excluye explícitamente a cualquier persona que se vea afectada directa o indirectamente por las decisiones que toma.
Los gobiernos participantes ratifican los acuerdos en la legislación nacional sin dar margen a la discusión y se censura cualquier rastro de oposición. Nunca se llega a saber qué evidencia se presentó o que análisis se realizó para los nuevos lineamientos.
Y así es como trabaja el CMCT, la base principal de las decisiones es la opinión subjetiva de un grupo de personas que no tienen ningún vínculo o interés en las condiciones de vida y de trabajo de los productores de tabaco, experiencia en la economía de la industria tabacalera o preocupación por las opciones libres de los consumidores de tabaco que quieren acceder a alternativas al cigarrillo.
Al no incluir los argumentos de las personas involucradas en el uso o la producción de productos de tabaco el CMCT ignora una gran cantidad de evidencia sobre cómo opera la industria, cómo responden los consumidores, cómo sus decisiones afectarán a las partes interesadas y cuál es la nueva evidencia en cuanto al desarrollo de productos de tabaco basados en tecnología.
El accionar del CMCT no tiene cabida en un mundo en el que la democracia participativa se presenta como el medio de gobierno más virtuoso. Por lo tanto no debería ser ratificado por un país que está constitucionalmente comprometido con la democracia participativa.