¿Trabaja este jueves 1° de mayo? Esto es lo que le deben pagar (y muchos no lo saben)
Muchos tienen dudas si el feriado de este jueves se traslada. Esto dice el Ministerio de Trabajo.
El próximo jueves 1° de mayo, Costa Rica celebrará el Día Internacional del Trabajo, una fecha de profunda relevancia para la clase trabajadora. Y, tal como recordó el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), este feriado es de pago obligatorio y no se traslada, por lo que su disfrute se mantiene para el mismo jueves.
Este detalle es importante tanto para trabajadores como para empleadores, ya que las reglas de pago varían dependiendo del tipo de empresa y de la modalidad de salario. Si usted es asalariado, preste atención para que no le pase gato por liebre.
¿Cómo le deben pagar el feriado?
El MTSS explicó que los centros de trabajo que pagan de forma semanal en actividades no comerciales —es decir, aquellos donde se cancela únicamente por el tiempo efectivamente laborado— deberán pagar dos componentes:
- El salario ordinario correspondiente a los días trabajados en la semana.
- Un salario sencillo adicional específicamente por el feriado.
Por otro lado, en las empresas que tienen modalidad de pago mensual, quincenal o semanal en actividades comerciales, donde ya se reconocen los descansos y feriados dentro del salario regular, el feriado ya está cubierto. Sin embargo, si el trabajador labora ese día, debe recibir un salario sencillo adicional, haciendo un pago doble.
¿Y si le toca hacer horas extra durante el feriado? Aquí las reglas son claras: esas horas se deben pagar a tiempo y medio sobre el salario normal, lo que equivale a recibir triple pago por cada hora extra laborada durante ese día.
¿Puede negarse a trabajar en feriado?
De acuerdo con el Código de Trabajo, ningún trabajador está obligado a presentarse a laborar en un feriado de pago obligatorio, salvo situaciones excepcionales establecidas en los artículos 152 y 153. Estas excepciones suelen aplicarse en labores que, por su naturaleza, no pueden detenerse, como servicios de salud, transporte, hotelería o seguridad.
Además, la obligación de respetar este feriado aplica por igual para todas las empresas que operan en el país, sean nacionales, multinacionales o internacionales.
Un recordatorio necesario
En medio de las múltiples responsabilidades diarias, es fácil que estos detalles se pierdan. Sin embargo, conocer sus derechos laborales es esencial para evitar abusos o confusiones. El 1° de mayo es mucho más que un simple día libre: es un reconocimiento histórico a la lucha de los trabajadores y, como tal, su respeto y su pago justo son innegociables.