¿Trabaja en Semana Santa? Así le deberán pagar los días
Se avecina la Semana Santa en Costa Rica, trayendo consigo dos días de descanso obligatorio para numerosos ciudadanos. Marzo se convierte en el segundo mes del año en el que los costarricenses pueden disfrutar de estos días libres. En esta ocasión, los días señalados serán el 28 y 29 de marzo.
Estos dos días corresponden a las festividades del Jueves Santo y Viernes Santo, brindando así un merecido descanso adicional al cierre del mes.
Por su parte, los días lunes 25, martes 26 y miércoles 27 de marzo son de trabajo regular y en caso que un trabajador necesite esos días, deberá descontarlo de sus vacaciones.
Es importante recordar que en Costa Rica la mayoría de los feriados son remunerados de forma obligatoria. Aquellos que trabajen durante estos días festivos deben recibir el doble de su salario habitual por esa jornada laboral.
Además, es fundamental destacar que ningún trabajador está obligado a laborar durante los feriados, a menos que exista un acuerdo previo para hacerlo.
En cuanto a los feriados no obligatorios, los trabajadores tienen la opción de tomar el día libre, aunque el empleador no está obligado a pagarles por este tiempo.
Es importante subrayar que cualquier acuerdo que implique renunciar al disfrute de los feriados establecidos por ley es completamente inválido según el código laboral.
En el mes siguiente, abril, también se contempla un feriado de pago obligatorio en el país. Este feriado conmemora la Batalla de Rivas, ocurrida el 11 de abril, y se trasladará al día 15 de abril para crear un fin de semana largo que contribuya a reactivar la economía local.