Sala IV avala recorte a pensiones de lujo
El recorte máximo que se le puede aplicar a una pensión no puede superar el 50 %.
La Sala Constitucional (conocida popularmente como la Sala IV) resolvió por unanimidad la eliminación del incremento anual de 30 % a las llamadas pensiones de lujo.
Los magistrados, resolvieron una lista de 42 acciones de inconstitucionalidad presentadas por muchos de estos pensionados, entre ellos diputados, que estaban en contra de eliminar ese aumento.
“Entre otros alegatos, los accionantes impugnaron el cambio del método de revalorización del régimen de pensiones conocido como Hacienda-Diputados, que, mediante una ley que entró en vigencia en el 2017, pasó de ser un 30% anual fijo (independientemente del aumento que pueda experimentar la inflación o el costo de la vida) a ser el equivalente al porcentaje de incremento que acuerde el Poder Ejecutivo para los servidores públicos por variaciones en el costo de la vida”, informó la oficina de prensa de la Sala en un comunicado.
De no haberse variado el aumento, se habrían disparado los traslados a este grupo de pensionados cuyos montos son mayores a los tres millones de colones.
“Para la Sala, el ajuste de ese método de revalorización, lejos de constituir una decisión irrazonable y desproporcionada, como sostienen los accionantes, obedece a una necesidad económica y social del país”, añadió el documento.
Los magistrados, resolvieron que el recorte máximo que se le puede aplicar a una pensión no puede superar el 50 % ya que el país debe respetar el Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo además de la Convención Interamericana Sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Actualmente el límite estaba en 55 %.
La resolución, indica que los efectos de la modificación no serán retroactivos. Esto significa que el Estado no deberá regresarle a los pensionados de lujo los dineros pagados de más.
Respecto a la contribución solidaria, esta se mantiene.