Sala IV anula beneficio de pago extra por alimentación a empleados de recope
La Sala IV declara inconstitucionales beneficios en Recope: alimentación y actividades deportivas afectadas
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, comúnmente conocida como Sala IV, ha declarado inconstitucionales dos disposiciones de la Convención Colectiva de los empleados de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope). Los artículos anulados, el 36 y el 77, cubrían beneficios adicionales para los trabajadores de la entidad.
Uno de los artículos, el número 36, permitía a los empleados recibir un pago adicional por alimentación si realizaban al menos dos horas extras después de su jornada laboral habitual. Por otro lado, el artículo 77 estipulaba un desembolso anual de ¢4 millones para la Comisión Central de Salud Ocupacional, destinado a financiar actividades deportivas para los empleados de Recope.
La eliminación de estos beneficios responde a una consulta elevada por el diputado del Partido Liberal Progresista (PLP), Gilberto Campos Cruz, quien argumentó que ambos artículos generaban gastos injustificados y desproporcionados. En particular, en el caso del artículo 36, Campos subrayó que distorsionaba las regulaciones establecidas por la Contraloría General de la República en relación con los viáticos y gastos de transporte para funcionarios públicos.
Campos se mostró satisfecho con la resolución de la Sala IV, señalando que esta decisión contribuye a proteger los recursos públicos frente a lo que él considera «abusos» en favor de un grupo reducido de empleados, afectando al resto de los contribuyentes del país. El legislador también reafirmó su compromiso de seguir velando por el uso adecuado de los fondos públicos durante su mandato.