¿Sabe cómo funciona el feriado del 31 de agosto?
La celebración como tal del 31 de agosto se pasa para el 4 se setiembre.
Desde el pasado 22 de noviembre de 2021, según la Ley 10050, el 31 de agosto es un feriado nacional, en celebración del Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense.
Sin embargo, este año, se traslada su celebración como tal al domingo 4 de setiembre.
Este nuevo feriado es de pago no obligatorio, según lo confirma el Código de Trabajo en su artículo 148 (es un derecho de todos los trabajadores disfrutar del feriado, sin importar el tipo de trabajo que hagan).
Así que, ningún trabajador está en la obligación de trabajar este día, únicamente si está de acuerdo y si se niega a trabajar en esa fecha, no puede ser sancionado por la empresa.
Según el ministerio de Trabajo:
Las empresas que tienen pago semanal, deben pagar los días trabajados sin incluir el pago del día feriado. Si se trabaja ese día, se paga un salario sencillo.
Bajo esta modalidad de pago semanal, si se trabajan horas extra en este feriado, deben pagarse a tiempo y medio, es decir de manera ordinaria.
Los que reciben pago mensual o quincenalmente, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados. En estos casos, deben pagar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el 4 de setiembre.
Si trabajan ese feriado, deben agregar el salario de un día sencillo para completar el pago doble. Si en el día feriado se trabajan horas extra se deben pagar a tiempo y medio doble, o sea pago triple.
Solo tener claro que, sin importar si la empresa es nacional, transnacional o internacional tiene que dar ese día feriado a sus empleados en Costa Rica.