¿Pueden exigir los patronos o comercios el uso obligatorio de mascarilla?
Esto es lo que debe saber en el ámbito legal.
Con el fin de respetar la voluntad del pueblo, el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, firmó dos decretos, el primero sobre el uso de las mascarillas y el segundo sobre la obligatoriedad de la vacunación contra el COVID-19.
Ambos decretos se enfocan en garantizar la libertad de los costarricenses para usar la mascarilla y el respeto a la autonomía de la voluntad de las personas con respecto a la vacunación.
La publicación del decreto Nº42421-S se realizó este miércoles en el Diario La Gaceta y desde hoy mismo entra a regir la medida.
El decreto de la mascarilla garantiza la autonomía de la voluntad de los costarricenses. El presidente Chaves Robles exhorta a la población a ejercer esta libertad junto con su buen juicio para protegerse ellos y a otras personas.
Sin embargo, aún se mantiene como obligatoria la vacunación contra el COVID-19 en el esquema de vacunación.
El gobierno también emitió un mensaje para que las instituciones y empresas no apliquen sanciones ni despidos contra sus colaboradores que no cuenten con el esquema completo de vacunación.
“Se insta a todas las instituciones públicas del Estado y al sector privado costarricense a no aplicar sanciones de despido en los casos de funcionarios que no cuentan con el Esquema de Vacunación COVID-19″.
¿Pueden exigir los patronos o comercios el uso de mascarilla?
El decreto elimina la obligatoriedad en sentido general, más podría el sector privado exigir su uso.
En los comercios, centros de trabajo o centros educativos en el sector privado, el patrono determinará si mantiene la obligación o si también reserva el uso de admisión sujeto al uso de mascarillas, sin caer en prácticas discriminatorias.
En caso de que se quiera aplicar el uso obligatorio de la mascarilla, el patrono y los dueños de comercios deberán comunicarse debidamente a los trabajadores y a los clientes. En caso contrario será únicamente de uso voluntario.
De acuerdo con la información publicada, la mascarilla y la vacunación solo serán obligatorias para los trabajadores de salud. Esto quiere decir que los niños podrán ir a las escuelas y colegios sin mascarillas.
“Solo los funcionarios y trabajadores de primera línea de la salud pública estarán obligados a usar mascarilla y a vacunarse. El resto de las personas, incluyendo los niños en las escuelas podrán escoger si quieren protegerse con mascarillas o no. Lo mismo con la vacunación obligatoria, hay gente que no quiere vacunarse obligatoriamente. Removimos la capacidad de que sean despedidos de sus puestos”, explicó Chaves.
“Todas las personas que no sean personal de primera línea de atención o que no requieran acceder a los establecimientos de salud, están exentos de esta obligación. El Ministerio de Salud deberá establecer, bajo razones técnicas, objetivas y con enfoque de derechos humanos, los casos excepcionales en los cuales queda excluido el uso obligatorio de la mascarilla.”, señala el decreto.
El decreto también especifica que si la cantidad de casos positivos aumenta, el uso de mascarilla obligatorio podría volver.