¿Puede el dueño del Mercado Gastronómico La Cartonera exigir el desalojo de sus inquilinos en 72 horas? Esto dice la ley
Un caso de desalojo inesperado puede generar gran preocupación para los inquilinos comerciales, especialmente cuando se trata de un restaurante que depende de su ubicación para mantener una clientela establecida.
¿Qué puede hacer un inquilino de restaurante ante un desalojo inesperado?
Un caso de desalojo inesperado puede generar gran preocupación para los inquilinos comerciales, especialmente cuando se trata de un restaurante que depende de su ubicación para mantener una clientela establecida. En Costa Rica, la legislación establece ciertos derechos y procesos que deben seguirse para realizar un desalojo, protegiendo a los inquilinos de actos arbitrarios.
Esto ocurrió en Costa Rica en el Mercado Gastronómico La Cartonera, donde el propietario del lugar le dio dos días a los inquilinos para cerrar sus negocios.
La ley costarricense y el desalojo
En Costa Rica, la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos (Ley 7527) regula los arrendamientos de locales comerciales y estipula un proceso específico para el desalojo de un inquilino. Según esta normativa, un propietario no puede ordenar el desalojo de un local en tan solo dos días sin una causa justificada y sin seguir los procedimientos legales.
Procedimientos de desalojo
Para que un propietario pueda desalojar a un inquilino comercial, es necesario que exista una orden judicial que respalde el desalojo, la cual solo se concede en casos justificados, como el incumplimiento del pago del alquiler, daños al inmueble o uso indebido del local. En caso de un aviso de desalojo, el inquilino tiene derecho a ser informado con antelación y a presentar su defensa en un tribunal, donde se evaluarán las circunstancias del caso.
El artículo 67 de la ley establece que, en situaciones en las que el propietario desee finalizar el contrato, debe notificarse al inquilino con una antelación mínima de tres meses si el arrendamiento tiene una duración superior a ese período.
Acciones legales que puede tomar el inquilino
1.Verificar el contrato de arrendamiento: El inquilino debe revisar el contrato firmado con el propietario para identificar los términos específicos y las condiciones de desalojo. Si el contrato establece un período de aviso o alguna cláusula relacionada con el desalojo, el inquilino puede argumentar que el aviso de dos días no es válido.
2.Buscar asesoría legal: Es recomendable que el inquilino consulte a un abogado especializado en derecho comercial o arrendamientos. Un abogado puede evaluar la situación y guiar al inquilino en la presentación de un recurso judicial para frenar el desalojo y exigir que se respeten los términos del contrato.
3.Presentar una acción judicial: Si el propietario insiste en el desalojo inmediato sin causa justa ni una orden judicial, el inquilino tiene derecho a presentar un recurso de amparo ante los tribunales. La ley protege al inquilino y permite que estos casos se resuelvan en un plazo razonable, garantizando así que el negocio no se vea afectado de forma arbitraria.
4.Solicitar una prórroga: En algunos casos, si el propietario está en una situación de urgencia, ambas partes pueden negociar una prórroga que permita al inquilino desalojar el local en un plazo adecuado para buscar un nuevo espacio y minimizar las pérdidas económicas.
Importancia de conocer los derechos
Para los propietarios de restaurantes y otros negocios, conocer la legislación y sus derechos es fundamental para evitar ser víctimas de desalojos injustificados. En Costa Rica, los inquilinos cuentan con protección legal que impide que sean desalojados sin el debido proceso, y en caso de una situación como la descrita, existen recursos para garantizar que el negocio pueda continuar operando hasta que se llegue a una resolución adecuada.