Nueva audiencia por reclamo contra la restricción vehicular sanitaria
Esta vez se discutirá la apelación que el Estado presentó contra la resolución del juez, Alcevith Godínez, quien aseguró que la medida no era efectiva.
De nuevo, la restricción vehicular sanitaria será punto de discusión en una audiencia que se realizará en el Tribunal Contencioso Administrativo este miércoles 20 de enero.
Esta vez se discutirá la apelación que el Estado presentó contra la resolución del juez, Alcevith Godínez Prado quien determinó, el 3 de noviembre anterior, que la medida es “inadecuada e ineficaz” por incentivar el transporte sin el distanciamiento adecuado aspecto que más bien eleva el riesgo de contraer Covid 19 además decidió dejarla sin efecto.
La decisión del juez resolvió un proceso presentado en agosto del 2020 basada en los decretos vigentes en aquel momento, por esa razón el Poder Ejecutivo, decidió a través de la Procuraduría General de la República, apelar la resolución y continuar con la restricción ya que en la actualidad rigen otros decretos y horarios.
Esta apelación será discutida en audiencia donde otro juez analizará las posiciones de las partes involucradas.
“Para nosotros ya no hay interés actual, nosotros presentamos en agosto una apelación y la resolvieron hasta noviembre, ahora en enero vamos a seguir analizando una resolución de noviembre. Yo pienso que puede que no cambie nada, me parece que era muy fácil para los jueces estar una posición muy cómoda donde no les interesa en este momento histórico ir en contra de ninguna decisión del Ejecutivo”, indicó el abogado José Pablo Badilla, representante de los alcaldes que impugnaron la restricción vehicular sanitaria al medio AR.com.
Con esta ya son dos las audiencias que se realizan para definir el futuro de la restricción vehícular sanitaria, la primera se llevó a cabo el 17 de diciembre anterior cuando el grupo de alcaldes y sus abogados solicitaron que se ejecutara lo estipulado por el juez Godínez Prado; sin embargo, la jueza Seydi Jiménez, decidió mantener la restricción hasta que se dictara sentencia por el fondo.
“Vamos a esperar a ver qué nos dicen ahora, no esperamos muchos pero tampoco descartamos que el juez a cargo nos apoye y que el Tribunal confirme y diga que la medida está suspendida, vamos a ver qué pasa”, manifestó el jurista.
“Nosotros hemos pensado en volver a presentar un proceso (medida cautelar), pero volveríamos a lo mismo, impugnar el decreto de enero, por ejemplo, pero nada hacemos si nos lo van a resolver cuatro meses después. Dependiendo de lo que se resuelva este miércoles tomaremos la decisión de desestimar las demandas presentadas, porque seguimos en lo mismo, nada hacemos con ganar a finales de año una demanda sobre algo que regía en noviembre del 2020”, agregó el abogado.
Polémica medida
A principios de noviembre anterior, el Tribunal Procesal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, determinó que la restricción vehicular sanitaria es una medida “inadecuada e ineficaz” por incentivar el transporte sin el distanciamiento adecuado aspecto que más bien eleva el riesgo de contraer Covid 19. Además ordenó suspender los decretos de la restricción vehicular que estuvieron vigentes en agosto, mes en el que seis alcaldes impugnaron que se mantenga la aplicación de la medida.
El juez, Alcevith Godínez Prado, concluyó: “Lo que se pretende es evitar el contacto con las personas contagiadas, y con la restricción vehicular se provoca lo contrario, como la conglomeración en los servicios públicos (buses y taxis), pues en estos servicios no se puede mantener el distanciamiento de 1.80 cm que se recomienda por parte del Ministerio de Salud”.
Los alcaldes que solicitaron suspender la restricción diferenciada que se implementó a partir del 10 de agosto son: Arnoldo Barahona, de Escazú; Carlos Cantillo, de Carrillo; Luis Gerardo Castañeda, de Liberia; Giovanni Jiménez, de Nandayure; Jorge Alfaro, de Santa Cruz y Laura Carmiol, interina de Santa Ana.
Para los demandantes, el Gobierno debía suspender de inmediato la restricción, pero no se hizo porque el Poder Ejecutivo considera que la suspensión de decretos pasados no interfiere con los documentos vigentes actualmente.
Godínez Prado, declaró a Diario Extra por medio de una respuesta escrita hace unos meses que no se puede referir en detalle a la sentencia pues el caso se mantiene en apelación. En el escrito, el juez mantiene la posición del fallo del pasado 3 de noviembre: la restricción vehicular es ilegal.