Magistrados avalan proyecto que sanciona la oferta de servicios de homicidio
Corte Plena no encuentra objeciones al funcionamiento judicial
Los magistrados de la Corte Plena determinaron que la consulta legislativa sobre el expediente 24.741 no interfiere con la organización ni el desempeño del Poder Judicial. Sin embargo, sí emitieron varias observaciones sobre el contenido del proyecto de ley, impulsado por la diputada Priscilla Vindas, que busca modificar el Código Penal para endurecer sanciones contra quienes promuevan, ofrezcan o soliciten servicios de homicidio.
Propuesta de reforma: endurecimiento de penas
El proyecto plantea tres cambios principales en el Código Penal:
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Agravante por pertenencia a una organización criminal
- Se modificaría el artículo 112, estableciendo que el homicidio cometido por miembros de grupos delictivos organizados sea sancionado con penas de 20 a 35 años de prisión.
- La magistrada Patricia Vargas González indicó que esta modificación amplía el alcance de la norma, pero sugirió mayor precisión en su redacción para evitar interpretaciones ambiguas.
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Sanción para la promoción de homicidios por encargo
- Se introduce el artículo 280 bis, imponiendo penas de 2 a 4 años de prisión a quienes promuevan, ofrezcan o soliciten públicamente servicios de homicidio por dinero o promesa de pago.
- Vargas cuestionó la efectividad de esta disposición, señalando que estos delitos rara vez se publicitan abiertamente. También advirtió que la normativa excluye situaciones en las que no haya un beneficio económico.
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Definición y penalización de organizaciones criminales
- La reforma al artículo 281 describe con mayor precisión los delitos asociados a la creación y dirección de bandas delictivas, estableciendo penas de 2 a 8 años de prisión.
- La pena aumentaría si la organización supera los 10 integrantes, dispone de armas o emplea tecnología avanzada para cometer delitos.
Observaciones y posibles ajustes al proyecto
A pesar del visto bueno general, la magistrada Vargas González señaló aspectos que podrían requerir revisión:
- Criterio arbitrario en el número de miembros: Consideró que fijar en 10 personas el límite para agravar las penas carece de justificación técnica.
- Riesgo de criminalización de poblaciones vulnerables: Sugirió evitar la persecución penal de individuos en situaciones de vulnerabilidad, como menores de edad o adultos mayores, cuando formen parte de estructuras criminales bajo coerción.
Próximos pasos en la Asamblea Legislativa
El proyecto de ley, titulado “Ley contra la promoción, constitución, organización, coordinación o dirección de organizaciones criminales y sus actividades ilícitas derivadas”, fue presentado el 3 de diciembre de 2024 y ahora continuará su trámite en la Asamblea Legislativa para su posible aprobación.