Juez determina que restricción vehicular sanitaria eleva riesgo de contagio de Covid-19
Ministro de Comunicación, anunció que apelará el fallo pues considera que: ”Esa resolución tiene muy débil fundamento técnico”.
El Tribunal Procesal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda determinó que la restricción vehicular sanitaria es una medida “inadecuada e ineficaz” por incentivar el transporte sin el distanciamiento adecuado aspecto que más bien eleva el riesgo de contraer Covid 19.
El juez, Alcevith Godínez Prado, concluyó: “Lo que se pretende es evitar el contacto con las personas contagiadas, y con la restricción vehicular se provoca lo contrario, como la conglomeración en los servicios públicos (buses y taxis), pues en estos servicios no se puede mantener el distanciamiento de 1.80 cm que se recomienda por parte del Ministerio de Salud”.
Seis alcaldes solicitaron suspender la restricción diferenciada que se implementó a partir del 10 de agosto: Arnoldo Barahona, de Escazú; Carlos Cantillo, de Carrillo; Luis Gerardo Castañeda, de Liberia; Giovanni Jiménez, de Nandayure; Jorge Alfaro, de Santa Cruz y Laura Carmiol, interina de Santa Ana.
De acuerdo con los funcionarios, esta medida afectó la actividad económica en sus cantones.
Godínez Prado, determinó en la sentencia Nº 552-2020 del 3 de noviembre que la restricción vehicular sanitaria es contradictoria en comparación a las otras medidas presentadas por el Ministerio de Salud.
“No es la más adecuada y efectiva, toda vez que se considera contradictoria con la medida sanitaria del distanciamiento social (1.80 cm), considerándola como una actuación inadecuada e ineficaz”, indicó.
El ministro de Comunicación, Agustín Castro, indicó que el Ejecutivo apelará el fallo.
“Esa resolución tiene muy débil fundamento técnico, hay una serie de estudios internacionales no hechos en Costa Rica que demuestran la importancia y la eficacia de la restricción vehicular sanitaria para reducir los niveles de contagio. Ese razonamiento del juez es un razonamiento cuyo sustento técnico no existe. De todas formas esa resolución tenemos conocimiento que será apelada hay que tener claro que aún no está en firme”, declaró Castro a Noticias Monumental.