Diputados aprueban en primer debate proyecto para regular huelgas abusivas
Tras 11 horas de debate, congreso aprueba disolución de sindicatos, no pago de salario a huelguistas y estas medidas
El proyecto de Ley que se trabaja bajo el expediente 21.049, que contiene reformas a la Ley Procesal Laboral en temas de huelgas, sigue generando discusión entre muchos opositores de la iniciativa, pero esta vez un grupo de diputados ha ido más allá con una iniciativa que podría cambiar totalmente el rumbo del objetivo real de la misma que es controlar los abusos que se presentan en estas manifestaciones.
El tema con los servicios esenciales es el más polémico, pues estos podrían irse a huelga si negocian 10 días antes de abandonar sus labores que “no pondrán en riesgo ninguna vida”, pero si el patrono no está de acuerdo simplemente presentan su propuesta en un juzgado y se pueden ir a huelga el tiempo que quieran aunque el juez no haya resuelto.
Aprueban regulaciones a huelgas
El texto presentado presentado por Carlos Ricardo Benavides y su fracción de Liberación Nacional incluye diferentes medidas que buscan legislar de mejor manera las huelgas, con el objetivo de obtener mejores y más eficaces resoluciones y consecuencias de las mismas.
Dicho proyecto ha sido discutido por la vía rápida en el plenario por la Comisión que analiza el derecho a la huelga, luego de una moción liberacionista aprobada meses atrás y esta noche, tras más de 11 horas de sesión, fue aprobada en primer debate con 40 votos a favor.
¿Qué busca el proyecto?
Una de las medidas propuesta en el proyecto de ley es la posible disolución de algún sindicato por orden de un juez correspondiente, en caso de que incumplan alguno de los siguientes aspectos:
- “Incitación a sus afiliados a limitar o restringir la libertad de tránsito de los ciudadanos.”
- “Incitan a sus afiliados a cometer sabotajes sobre bienes públicos”
- “Incitan a sus afiliados a llevar a cabo cualquier conducta que comporte un ilícito penal”
Cabe destacar que, con las nuevas modificaciones, la solicitud de la disolución tendrá que venir del Ministerio de Trabajo luego de que se haya comprobado que hubieron bloqueos en las calles.
Además, el texto indica en el mismo artículo que “debe respetarse el derecho a la protesta y sus manifestaciones mundialmente reconocidas como concentraciones y marchas pacíficas. Sin embargo esas justas manifestaciones no deben confundirse con bloqueos ni sabotajes tipificados en la ley”.
Otro de los cambios es que los sindicatos deberán avisar, sin excepción, que se irán a huelga con cinco días de anticipación a sus patronos. También quedarán prohibidas las huelgas políticas o que no tengan relación directa con el patrono, tal como pasó a finales del año anterior con el polémico plan fiscal.
A última hora también se aprobó la moción de Pedro Muñóz que establece la suspensión del contrato laboral desde el primer día de huelga, por lo que los huelguistas no recibirán salario por esos días hasta que el paro se declare legal.