Condenan a Gollo por obligar a mujer a cancelar deuda ajena
La recurrente pagó tres veces ₡ 42 mil por deuda con tal de que no le mancharan el historial crediticio.
La Sala Constitucional condenó a Grupo Unicomer, propietario de la cadena de tiendas Gollo por obligar a una mujer a que cancelara una deuda ajena.
De acuerdo con la sentencia emitida el 10 de diciembre anterior por la Sala IV, la demandante recibió constantes mensajes y presiones por parte de la empresa para que cancelara varias cuotas que le corresponden a una persona con la que tuvo una unión de hecho.
“Se ha lesionado su derecho a la intimidad (el de la mujer), toda vez que la empresa recurrida, irrumpió, injustificadamente, en el ámbito de privacidad de la amparada, y sin ninguna autorización o anuencia de su parte, procedió a efectuar mensajes por el cobro de una deuda que no le pertenece ”, indica parte de la sentencia
En el fallo, los magistrados señalaron que la recurrente no figuraba como fiadora por el crédito que se le estaba intentando cobrar.
De hecho, dentro de los hechos de la sentencia, se comprobó que la amparada canceló tres veces ₡ 42 mil por la deuda que le atribuyeron con tal de que no le mancharan su historial crediticio.
La Sala Constitucional advirtió a la empresa Gollo que si no se abstiene de seguir enviando mensajes a la amparada incurriría en un delito castigado con penas de prisión que van de tres meses a dos años para quien incumpla una disposición de un recurso de amparo, según lo indica el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
La Sala IV, condenó a la cadena de almacenes al pago de las costas del proceso le ordenó no volver a enviar mensajes a la mujer.