Cines, teatros y conciertos tendrán excepción en la restricción vehicular diurna
La medida aplica a partir del próximo lunes 10 de mayo.
El Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ) informó la tarde de este viernes que se implementará la excepción a la restricción vehícular sanitaria diurna para los vehículos de las personas que requieran trasladarse a cines, autoeventos, teatros, conciertos o presentaciones públicas.
Esto significa que los comprobantes de asistencia a estos eventos le permitirán circular en su carro aún cuando ese día tenga restricción por número de placa que rige entre las 5 a. m. y 9 p. m dentro de la Región Central del país.
Con el fin de que se aplique la excepción, las personas deberán comprobar su participación en la actividad cultural por medio de un tiquete de compra o reservación en formato impreso o digital.
Los comprobantes deben contar con la siguiente información:
-Nombre y dirección del establecimiento autorizado.
-Fecha de la actividad.
-Hora de inicio y finalización de la actividad.
-Nombre de la actividad.
Las actividades artísticas se incluyeron como excepción a la restricción vehicular diurna luego de la firma del decreto N.° 42297-MOPT-S, publicado en el Alcance N.° 91 a La Gaceta N° 87 este viernes 7 de mayo.
Se recuerda que del 10 al 31 de mayo hay restricción vehicular sanitaria por placas entre semana en la Región Central y hay restricción vehicular sanitaria por placas los fines de semana en todo el país.
Salvo la lista de excepciones, de 5 a. m a 9 p. m. no circulan:
Durante el mes de mayo, el horario de circulación vehicular de lunes a domingo es hasta las 9 p. m.