Alcalde Municipal de Escazú prohíbe a la policía multar a conductores por restricción vehicular
El alcalde ordenó a la Policía Municipal que se oriente a otras funciones importantes para la seguridad del cantón.
Por medio de un comunicado de prensa, el Alcalde Municipal de Escazú, Arnoldo Barahona, instruyó a la Policía Municipal para que enfoque su trabajo en seguridad del cantón y dejen a un lado la restricción la vehicular que castiga a los conductores con una multa de 110.000 colones.
La directriz aplica en horario de 5:00 a.m. a 9:00 p.m.
Este es el comunicado oficial:
Sobre informaciones que circulan sobre la aplicación de la restricción vehicular sanitaria en el cantón, es importante indicar los siguientes puntos:
1. En efecto el Alcalde Municipal, Arnoldo Barahona, instruyó a la Policía Municipal a que en el horario de 5:00 A.M. a 9:00 P.M. el recurso policial se oriente a otras funciones que son importantes para la seguridad del cantón y para la aplicación de protocolos sanitarios en la actividad comercial; y no en la fiscalización de la restricción vehicular sanitaria.
2. Es importante aclarar, que estás acciones NO corresponden a incumplimientos de deberes, tal y como erróneamente y falsamente lo han señalado algunas páginas.
La restricción vehicular sanitaria fue instaurada vía Decreto Ejecutivo, por ende son los cuerpos policiales del Ejecutivo los obligados a su fiscalización. Los cuerpos policiales municipales solamente coadyuvan en esas acciones. No existe una obligación legal hacía las Municipalidades a la fiscalización de esa restricción instaurada vía decreto.
3. Lo anterior no significa, que en Escazú no habrá restricción vehicular sanitaria, ya que los cuerpos policiales del Ejecutivo pueden fiscalizarla y aplicar las sanciones correspondientes en caso de violentarla. Significa que nuestra Policía Municipal no destinará recurso policial hacia esas acciones.
4. Es importante tomar en cuenta que está decisión de la Alcaldía es sobre la restricción vehicular sanitaria DIURNA. Ya que para la Restricción Vehicular Nocturna (de 9:00 P.M. a 5:00 A.M.) si se le solicita a la jefatura del Proceso de Seguridad Cantonal mantener recurso en su fiscalización.