Última hora: Reconocida cadena de cines anuncia su cierre total en Costa Rica
Cierre aplica a partir de este miércoles y de momento no se sabe que va a a pasar con los colaboradores.
Ante la gran cantidad de nuevos casos que se registran diariamente en el país, CineMark decidió cerrar todas sus salas.
La sorpresiva decisión se anunció hace tan solo unos minutos por medio de un comunicado de prensa.
De momento se anunció que todas las funciones quedan suspendidas hasta nuevo aviso.
‘’Informamos a nuestros apreciables clientes, proveedores, aliados comerciales y colaboradores, que ante la situación actual, velando por su salud y seguridad, de manera inmediata suspendemos todas las funciones hasta nuevo aviso’’.
Según se informa, el cierre aplica para todos los cines a nivel nacional.
Todas las personas que habían comprado entradas en prevents pueden presentarse al cine donde realizaron la compra y solicitar el reintegro del dinero.
Un punto muy importante que no aclaró el comunicado de prensa es sobre la situación de los colaboradores.
Las personas empleadoras que deban cerrar sus establecimientos por la situación del país a causa del nuevo coronavirus COVID-19, no podrán rebajar los salarios de las personas trabajadoras durante el tiempo de este cierre.
Solo podrán interrumpir el pago de salarios aquellos empleadores que reciban el aval de la Inspección del trabajo tras presentar, ante esta instancia, una solicitud de suspensión temporal de los contratos de trabajo.
Esta regulación aplica para todos los centros de trabajo del país, que decidan cerrar voluntariamente o por una orden emitida por el Estado.
Según lo establece el Código de Trabajo en el artículo 74, inciso b, una de las causas para la solicitud de la suspensión temporal de los contratos de trabajo es ‘’la fuerza mayor o caso fortuito, cuando traiga como consecuencia necesaria, inmediata o directa, la suspensión del trabajo’’.
Esta suspensión temporal de los contratos de trabajo no interrumpe la relación laboral entre el patrono y sus personas colaboradoras y no debe entenderse como un proceso de despido o renuncia.
De igual manera, esta suspensión puede ser parcial, es decir, no aplicar para todas las personas trabajadoras de la empresa.