PriceSmart debe pagar suma millonaria por vender a clienta hamburguesa con pedazo de guante
La sentencia explica que al dar el primer mordisco a la hamburguesa, la mujer, descubrió que en su interior había un dedo de un guante color azul.
El Tribunal Primero Civil de San José condenó a la cadena de supermercados PriceSmart de Costa Rica S.A. por vender una hamburguesa con un pedazo de guante a una clienta.
Según consta en la resolución 86-2020, dictada el 11 de febrero, la empresa deberá pagarle a la afectada de apellidos Esquivel Meza ₡3 millones.
Los hechos ocurrieron el 17 de junio del 2017, en el área de comidas del club ubicado en Alajuela, informó el periódico La Nación.
La sentencia explica que al dar el primer mordisco a la hamburguesa, la mujer, descubrió que en su interior había un dedo de un guante color azul.
La mujer, detuvo el consumo del producto y le comentó a sus acompañantes, su hijo y su esposo lo sucedido.
Luego, llamaron al gerente del local apellidado Watson que atendió la situación y pudo constatar que un objeto azul estaba dentro de la hamburguesa.
La encargada del establecimiento, ofreció a los afectados llenar un reporte del hecho para hacer efectiva la garantía y realizar la devolución del dinero. Además, le solicitó verificar a nivel de laboratorio de qué se trataba el objeto hallado, por lo que les solicitó la hamburguesa.
Pero la afectada no estuvo de acuerdo, no quiso regresar el producto y tampoco aceptó una reunión propuesta por PriceSmart dos días después del incidente porque en sus planes estaba entablar acciones legales.
De acuerdo con la sentencia, no se necesita una prueba directa de que Esquivel Meza haya sufrido angustia, frustración, inseguridad, zozobra o hasta intranquilidad porque: ‘’el suceso dañoso por sí mismo genera la perturbación injusta de las condiciones anímicas de la persona’’.
Las juezas llegaron a esa conclusión luego de que valoraron que la afectada sí consumió parte de la hamburguesa, y del hallazgo del objeto azul, de ahí se deriva un menoscabo moral que el Tribunal avaló.
La sentencia señala que, PriceSmart, indicó que la clienta obstaculizó varios procesos, entre ellos inspeccionar la hamburguesa para determinar el tipo del objeto, su origen y establecer cómo llego ahí, así como lo dispone el reglamento de la empresa ante una situación como la que Esquivel Meza vivió.
La empresa, manifestó que la persona: ‘’se mostró de forma altanera y desafiante y se retiró del lugar portando la hamburguesa, indicando que era de su propiedad’’, además alegó que la salud de la mujer no se puso en riesgo en ningún momento.
Al respecto, las juezas indicaron que la afectada sí permitió la revisión del producto por parte de un colaborador de la empresa y que esa persona aseguró que Esquivel Meza mantuvo la calma durante la inspección.
Aunque la mujer sí se llevó la hamburguesa, consideran que el hecho: ‘’no es un impedimento para reclamar daños y perjuicios, máxime considerando que el hecho dañoso fue demostrado’’.
PriceSmart, según la sentencia, consideró que los alegatos fueron desproporcionados y sin razonabilidad: ‘’denotándose un ánimo de enriquecimiento sin causa’’, pues el primer reclamo fue de ₡10 millones.
Las juezas, determinaron que la mujer tenía el derecho y la legitimación para presentar la demanda.
El tribunal concluyó que ‘’es claro como el hallazgo de un guante dentro de la hamburguesa vendida generó la perturbación injusta de las condiciones anímicas de la actora, quedando así demostrado el nexo causal entre ese evento y la lesión a los intereses morales’’.