domingo, 7 junio 2026
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Golpe político: TSE castiga a Patricia Mora con 4 años de inhabilitación por este motivo

TSE sanciona a Patricia Mora, presidenta del Frente Amplio, con 4 años de inhabilitación por este motivo.

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) determinó que Patricia Mora Castellanos, actual presidenta del Frente Amplio (FA) y exministra de la Mujer, incurrió en beligerancia política mientras ocupaba un cargo público, imponiéndole una inhabilitación de cuatro años para ejercer puestos en el sector estatal.

La resolución 5350-E6-SE-2025, emitida el pasado 7 de agosto, señala que la sanción se debe a su participación en la Asamblea Nacional del FA el 9 de febrero de 2019, cuando también presidía el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu) bajo el gobierno de Carlos Alvarado (2018-2022). En dicha sesión, Mora no solo estuvo presente, sino que dirigió un discurso en defensa de su rol en el Ejecutivo.

Aunque la medida es contundente, el castigo no implica destitución, ya que actualmente la exdiputada (2014-2018) se encuentra pensionada. El TSE recordó que la ley prohíbe a los jerarcas y funcionarios activos participar en actividades partidarias, precisamente para evitar que sus cargos públicos influyan en procesos políticos.

Otros casos sancionados por beligerancia

El fallo contra Mora no fue aislado. El Tribunal también emitió resoluciones contra otros dos funcionarios por situaciones similares:

  • Kendall Esteban Viales Cruz: funcionario del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) y miembro de la junta de crédito local del Banco Popular en Santa Cruz, Guanacaste. Participó en una asamblea cantonal del Partido Liberación Nacional (PLN) el 10 de agosto de 2019 y se postuló como precandidato a regidor para las elecciones municipales de 2020. Fue destituido y sancionado con tres años de inhabilitación (resolución 5299-E6-SE-2025).
  • Fernando Natalio González Ledezma: integrante del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación que, para las elecciones nacionales de 2022, fungió como fiscal general en una junta receptora de votos del Partido Acción Ciudadana (PAC). Aunque recibió dos años de inhabilitación (resolución 5351-E6-SE-2025), no se le destituyó debido a que ya estaba pensionado.

¿Qué implica la beligerancia política?

En Costa Rica, la normativa electoral prohíbe a ciertos funcionarios públicos participar en actividades partidarias, ya que se considera que esto puede generar ventajas indebidas, uso de recursos estatales con fines políticos o influencias que afecten la transparencia democrática. Las sanciones pueden ir desde una amonestación hasta la destitución e inhabilitación por varios años, dependiendo de la gravedad del caso.

Este tipo de resoluciones, según el TSE, buscan preservar la neutralidad del Estado y garantizar que el ejercicio de cargos públicos no se mezcle con intereses partidarios.

Noticia en desarrollo.

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