Sala Constitucional rechaza recurso de hábeas corpus presentado por canal OPA contra el OIJ
La Sala Constitucional de Costa Rica ha declarado sin lugar el recurso de hábeas corpus interpuesto por el periodista Paulo Contreras del canal OPA, quien fue retenido por agentes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) el 10 de octubre en la Asamblea Legislativa. El recurso fue presentado por el medio de comunicación tras la intervención de las autoridades judiciales, que consideraron que la detención no vulneró los derechos fundamentales de Contreras.
Contexto de la retención del periodista
La controversia por la fotografía y la retención
El incidente que originó la retención ocurrió durante la cobertura de una comparecencia en la Asamblea Legislativa, cuando Contreras fue acusado de tomar una fotografía inapropiada de la jefa de prensa del Ministerio Público, Tatiana Vargas. Según la versión del medio OPA, la foto capturada mostraba solo un plano general de la sala, con Vargas en el centro, de espaldas, mientras conversaba con un fiscal. Sin embargo, un funcionario del OIJ alegó que la imagen tenía «connotación sexual», lo que llevó a la intervención de las autoridades.
OPA sostuvo que Contreras envió la foto a su pareja para informarle de su llegada al lugar y que no tenía intención alguna de hacer un comentario inapropiado. No obstante, el agente del OIJ impuso restricciones al periodista, lo que derivó en su retención durante una hora y media. Además, le ordenó colocar sus teléfonos celulares en una pila de agua y le prohibió usarlos, sin presentar una orden de secuestro.
Rechazo del recurso de hábeas corpus
Argumentos de la Sala Constitucional
El fallo de la Sala Constitucional desestimó el recurso de hábeas corpus presentado por OPA, argumentando que la actuación del OIJ no vulneró los derechos fundamentales del periodista. Los magistrados señalaron que la intervención se realizó en el marco de la legalidad, bajo la dirección funcional del Ministerio Público, y en relación con una presunta infracción penal flagrante.
La sentencia afirmó que las medidas adoptadas por el OIJ, como la retención temporal y la prohibición de uso de los celulares, estuvieron justificadas por la necesidad de preservar los elementos probatorios y asegurar que Contreras no interfiriera en la investigación. A su vez, los magistrados señalaron que se ofreció al periodista la oportunidad de continuar con la transmisión de la información, lo que garantizó el respeto por sus derechos de comunicación.
Declaraciones de las partes involucradas
La versión de Tatiana Vargas
La jefa de prensa del Ministerio Público, Tatiana Vargas, explicó que fue informada de la situación por la Unidad de Protección del Fiscal General. Según su relato, una persona en la barra del público había tomado una fotografía de su cuerpo sin su consentimiento, en un momento en que estaba inclinada, lo que se interpretó como una “connotación sexual”. Ante la gravedad de la situación, se activaron los protocolos de seguridad correspondientes, y se contactó al OIJ para que tomara las medidas necesarias.
Vargas añadió que, en ningún momento, Contreras fue detenido; sin embargo, sus dispositivos móviles fueron decomisados como parte de la investigación. Según la oficina de prensa del Ministerio Público, la retención de Contreras fue una medida adoptada por el OIJ para esclarecer la situación y resguardar la integridad de la investigación en curso.
Implicaciones y reacciones
El impacto en la libertad de prensa
El caso ha generado un debate sobre la libertad de prensa y los límites de la intervención policial en situaciones de cobertura informativa. Organizaciones defensoras de los derechos humanos y periodistas han expresado su preocupación por la posibilidad de que se limite la libertad de los comunicadores en el ejercicio de su labor, especialmente cuando se trata de la recolección de información y la protección de fuentes.
Aunque la Sala Constitucional desestimó el recurso de hábeas corpus, este incidente pone de relieve las tensiones entre la labor periodística y las acciones de las autoridades judiciales, especialmente en contextos de alta sensibilidad como los procesos judiciales y las investigaciones penales.