Cerca de 2.000 parejas del mismo sexo están cubiertas por el seguro de salud
También aumento la cantidad de solicitudes por el derecho de pensión por muerte de sus parejas.
Desde hace 5 años que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) reformó su reglamento al seguro de salud, para que parejas del mismo género se pudieran asegurar.
La cobertura pasó de un total de 34 parejas al año a unas 453 (según el primer semestre de este año), lo que determina un gran incremento desde entonces.
Y es que hasta la fecha se reporta una totalidad de al rededor de 2000 parejas del mismo sexo cubiertas. Cabe mencionar además, que para el año 2017 también se dio luz verde al derecho de la cobertura de pensión por muerte de sus parejas.
Este avance que inició la CCSS ha logrado que se les permita a estas personas cubrir la atención hospitalaria si estos se enferman y a su vez evitar futuros casos en que no sean atendidos por su orientación sexual.
Ya que se reporta que habían más de 32.000 personas pertenecientes a la comunidad LGTBI que no contaban con este beneficio. Al día de hoy de esa cantidad solamente un 13% no ha solicitado este servicio.
Así mismo, tres años después de haber aprobado este servicio, también le dieron el visto bueno al derecho de recibir la pensión por viudez.
Según lo informa la comunidad LGTBI, esto ha sido un gran avance en lo que ‘Derechos Humanos’ respecta, ya que además permitió que otras instituciones dar el siguiente paso en el caso de reconocer la identidad sexual de los transexuales y además de la sentencia constitucional acerca del matrimonio entre parejas del mismo sexo.
El último avance reportado por la Caja ha sido el uso de tratamiento hormonal y psicológico a personas transexuales, quienes son aquellas personas que en las que no existe concordancia entre su identidad de género y el sexo con el que nacieron.
Si a usted le interesa solicitar este beneficio familiar, el trámite solamente consta de tres sencillos pasos:
1. Presentar el documento de identidad.
2. Completar la solicitud de beneficio familiar (asegurado y beneficiado).
3. Y por último, aportar los documentos necesarios para demostrar la convivencia que tiene con la persona beneficiada ya sean declaraciones juradas por testigos y con documentos de bienes en común.