Diputados violan reglamento legislativo, Código Penal y Constitución Política para protestar contra norma técnica
Fabricistas dicen que buscan “ser escuchados por Carlos Alvarado”
La guerra política que se vive entre conservadores y progresistas entre el Poder Ejecutivo y la Asamblea Legislativa continúa su curso por lo polémica que ha resultado la norma técnica que reglamentaría el aborto terapéutico en nuestro país, el cual es permitido desde la década de los 70s.
El jueves anterior, al menos 14 diputados de diferentes bloques presentaron un recurso de amparo para pedirle al Presidente Alvarado que presente el borrador que aún no ha sido terminado, pese a que la misma Sala IV aclaró en 2015 que los borradores no son información de dominio público.
Protestas en el plenario
Esta semana, como medida de “protesta” al accionar del mandatario, tres diputados fabricistas (Carmen Chan, Marulin Azofeifa, Nidia Céspedes e Ignacio Alpizar) decidieron sesionar de pie en el plenario. Sin embargo, Céspedes decidió llevarlo más allá este miércoles y se mantuvo descalza durante el debate y votación de diferentes proyectos en el congreso.
Con sus acciones, los autodenominados como “Nueva República” violan o ignoran diferentes lineamientos legales y constitucionales que se traen abajo sus reclamos o protestas. Acá, se puede evidenciar lo ignorado en cada caso:
Ignoran la Constitución Política
Los independientes dicen que “el Presidente no pueden crear ni modificar leyes”. No obstante, la norma técnica viene a ser un reglamento, algo a lo que Alvarado si puede optar según la constitución política:
ARTÍCULO 140- “Sancionar y promulgar las leyes, reglamentarlas, ejecutarlas y velar por su exacto cumplimiento.
Violación al Código Penal
Otra de las medidas con las que amenazan los diputados “para ser escuchados”, es dejar de aprobar proyectos que podrían ser beneficiosos para el país, algo que es parte de sus obligaciones y que se estarían suspendiendo por decisión propia, esto es sancionado por el código penal.
Artículo 332: “Será reprimido con pena de inhabilitación de uno a cuatro años, el funcionario publico que ilegalmente omita, rehuse hacer o retarde algún acto propio de su función (en este caso, votar proyectos de Ley). Igual pena se impondrá al funcionario publico que ilícitamente no se abstenga, se inhiba o se excuse de realizar un tramite, asunto o procedimiento, cuanto esta obligado a hacerlo”.
Incumplimiento al reglamento legislativo
Como si fuese poco, también están violando el Reglamento de la Asamblea Legislativa, en donde solo se permite permanecer de pie para actos solemnes, según así lo establece el inciso 11 del artículo 2:
“11. Usar el ceremonial de ponerse de pie solamente en los siguientes casos:
a) Cuando se introduzca el Pabellón Nacional al salón de sesiones.
b) Al efectuarse la declaratoria de instalación o de apertura o clausura de las sesiones.
c) En el acto de juramentar a los miembros de los Supremos Poderes y demás funcionarios.
ch) Cuando reciban a alguno de los funcionarios indicados en el artículo 45. Siempre se reservará una de las barras del salón de sesiones, para estas personas.”