Impuestos a la canasta básica en realidad empiezan a regir hasta julio del 2020
Diputados autodenominados «Nueva República» contradicen su propio comunicado que adelantaba entrada en vigencia del IVA a enero del 2020
Tras una gran oposición y fuertes manifestaciones de más de 3 meses el año anterior para oponerse a la Ley de Fortalecimiento de las finanzas públicas, finalmente en diciembre anterior se aprobó el Plan Fiscal en la Asamblea Legislativa con la mayoría de diputados a favor.
Dividido en 4 títulos diferentes, los transitorios al final del documento dictaban la fecha de entrada en vigencia de cada una de las medidas contenidas en él y que, poco a poco, ya han entrado en aplicación. Uno de ellos es el tema del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Se avecinan impuestos
El polémico IVA entrará en vigencia partir del próximo primero de julio (01-07-2019) y casi que duplicará la cantidad de contribuyentes, ya que será aplicada a cualquier venta o comercialización que genere alguna utilidad, independientemente si es un producto físico o solo un servicio.
Esto ha generado muchísimas dudas por parte de quienes deben reportarlo y como lo deben hacer, por eso acá te estaremos explicando algunos de los puntos principales que envuelven a este gran cambio tributario que será aplicado en los próximos días.
Hoy presentamos: IVA a la canasta básica
Una de las medidas que más ha causado molestia en ciertos sectores de la población es el 1% de IVA que se aplicará a los productos contenidos en la canasta básica regida por el Ministerio de Hacienda y que también será aplicado para sus insumos y maquinaria necesaria para su producción.
Sin embargo, contrario al pensamiento de muchos, este impuesto para la canasta básica no entrará en vigencia el próximo primero de julio. El inciso 3, del artículo 11, del Capítulo III del primer Título de la Ley sobre tarifas de impuesto reducido establece lo siguiente:
“3) Del uno por ciento (1%) para los siguientes bienes o servicios:
a. Las ventas, así como las importaciones o internaciones, de los bienes agropecuarios incluidos en la canasta básica definida en el inciso anterior, incluyendo las transacciones de semovientes vivos, la maquinaria, el equipo, las materias primas, los servicios e insumos necesarios, en toda la cadena de producción, y hasta su puesta a disposición del consumidor final.”
Sin embargo, en el Transitorio IV del primer capítulo del Título V de esta Ley se establece lo siguiente:
“Los bienes y los servicios incluidos en el inciso b) del artículo 11 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado estarán exentos hasta terminar el primer año de vigencia de este impuesto, durante el segundo y tercer año la tarifa será del uno por ciento (1%). A partir del cuarto año, y por cinco años, el Ministerio de Hacienda presupuestará el monto necesario para compensar el efecto en la pobreza del impuesto al valor agregado, el cual se destinará a programas de atención de pobreza.”
Dado que la Ley del IVA entrará en vigencia el próximo 1ro de julio de este 2019, según este transitorio los productos de la canasta básica aumentarán su precio en un 1% hasta el próximo 1ro de julio del 2020.
Fabricistas cometieron error y luego se contradicen
Un proyecto de Ley presentado por el bloque de diputados afines a Fabricio Alvarado pretendía posponer la entrada en vigencia del IVA a alquileres, servicios públicos para enero del 2020, según informaron en su comunicado de prensa:
No obstante, tras la publicación hecha en NCR Noticias la noche de este martes sobre el error de los legisladores que más bien adelantaría el cobro del IVA a la canasta básica, ahora afirman que más bien lo que quieren es posponer 6 meses la entrada en vigencia de cada uno de estos puntos y que quieren que el impuesto a la canasta rija hasta enero del 2021.