Pago de impuesto a casas de lujo vence el 17 de enero
Los dueños de viviendas cuyo valor fiscal sea mayor a los ¢137 millones tienen tiempo hasta este lunes para presentar la declaración y pagar sin recargos.
Este lunes 17 de enero vence el plazo para presentar y pagar, sin recargo, el monto correspondiente al Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de los Programas de Vivienda, también conocido como el impuesto a las casas de lujo.
Deben pagarlo aquellas personas que cuenten con propiedades de uso habitacional, ocasional o de recreo, cuyo valor de la construcción y de las instalaciones fijas y permanentes supere los ¢137 millones, de acuerdo con lo indicado en el Decreto No 43370-H, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 246, del 22 de diciembre del 2021.
El monto indicado anteriormente se actualiza con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
Para realizar la respectiva declaración las personas sujetas al gravamen deben actualizar la declaración a través del formulario D-179, en el sitio de Administración Tributaria Virtual (ATV).
Aunque usted haya adquirido su casa en este último año, se le recuerda que si el valor se encuentra sujeto al pago del impuesto, debe presentar la declaración jurada por medio del mismo formulario D-179, que se ubica en ATV, disponible en la página del Ministerio de Hacienda, apartado “Servicios más utilizados”.
Para calcular el impuesto a pagar se debe aplicar la escala del impuesto prevista en la Ley N°8683 Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de los Programas de Vivienda.
El monto se genera una vez presentada la declaración y el pago se realiza por medio de Débito en Tiempo Real (DTR) o conectividad en las páginas web de las diferentes entidades bancarias autorizadas, también en las sucursales de estas entidades, con solo indicar el número de cédula.
Quienes no cumplan con la declaración y pago en tiempo del impuesto solidario se exponen a las sanciones que se encuentran en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.