Sala Constitucional condena a Pilar Garrido por no atender a Diario Extra
Sala IV también condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios.
La Sala Constitucional condenó a María del Pilar Garrido Gonzalo, actual ministra de Planificación y Política Económica, por no atender una batería de consultas de Diario Extra relacionadas a las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y al proyecto Ley Marco de Empleo Público dentro del tiempo establecido por la Carta Magna.
La Constitución establece que la administración tiene 10 días hábiles para responder a las consultas de la prensa.
En múltiples ocasiones, Diario Extra, le recordó tanto a Garrido como a su asesora Yazmín Montoya que el plazo constitucional para entregar la información solicitada estaba próximo a vencerse, incluso un día antes, pero Garrido como a su asesora Yazmín Montoya ignoraron los recordatorios.
Diario Extra realizó las consultas el 10 de noviembre del 2020, ese mismo día Montoya confirmó el recibido del correo.
“Como si fuera poco y completamente alejados al discurso gubernamental sobre el respeto a la libertad de prensa, las escuetas respuestas llegaron a nuestra Redacción el 3 de diciembre del 2020, luego de conocer que se les había interpuesto un recurso de amparo”, indicó Extra en una publicación.
“Pero las respuestas no llegaron por arte de magia. Mariela Barrantes, jefa de prensa del Mideplan, solicitó a este medio las consultas, ya que alegaba que la oficina de prensa de esa cartera no conocía el trámite. Para esas fechas nuestro medio le dejó claro a Barrantes que los problemas de coordinación entre los funcionarios y departamentos del Ministerio no podían ser una razón para incumplir lo señalado en la Constitución”, agregó el medio.
Garrido se justifica
El 3 de diciembre de 2020, Pilar Garrido, le indicó a Extra que una disposición de Presidencia le impedía hablar sobre el FMI.
Pero justamente ese día, el periódico La Nación, publicó una extensa entrevista del presidente de la República, Carlos Alvarado, donde se refirió a la posible negociación con el FMI.
“Disculpas por no responder a tiempo. Seguro también lo leíste decir que no nos autorizaba hablar del FMI. En todo caso ya te respondimos”, respondió la ministra Garrido vía WhatsApp al medio.
“Esa conducta del Gobierno, más que cercano con ciertos medios de comunicación y la conveniente posición de Garrido, lesionó no solo el derecho a la información y de petición, sino de expresión y de prensa. También violó el principio de la rendición de cuentas al que están obligados todos los funcionarios públicos, principalmente los jerarcas”, escribió Diario Extra.
Parte de la resolución de los magistrador indica: “Se ordena a María del Pilar Garrido Gonzalo, en su condición de ministra de Planificación Nacional y Política Económica, o a quien ocupe el cargo, que coordine lo necesario, gire las órdenes pertinentes y lleve a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para que, dentro del plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de esta sentencia, atienda la gestión planteada por la parte recurrida”.
El Tribunal Constitucional le recordó a Garrido que “se advierte a la autoridad recurrida que, de conformidad con lo establecido por el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada dentro de un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado”.
Sala IV también condenó al Estado al: “Pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo”.