Abogado impugnará ante Sala IV cierre de playas a las 2:30 p.m.
El jurista, asegura que no existe una norma legal, ni constitucional que habilite al Gobierno prohibir el acceso a dichos lugares.
El cierre de las playas a partir de las 2.30 p.m., vigente desde el lunes 4 de enero y hasta el 17 de enero como parte de las medidas sanitarias para prevenir la propagación del virus SARS-CoV-2 y evitar el colapso del sistema hospitalario será impugnado ante la Sala Constitucional por el bufete Energy por medio de un recurso de Habeas Corpus contra los ministerios de Salud, Seguridad, Presidencia y contra el mandatario de la República,Carlos Alvarado.
De acuerdo con Walter Brenes, abogado que interpuso el recurso, el nuevo cierre presuntamente lesiona los derechos constitucionales, especialmente los asociados al disfrute del dominio público, ya que no existe una norma para prohibir conductas asociadas al acceso y al libre tránsito de las personas en las playas, informó el periódico La República.
El jurista, asegura que no existe una norma de rango legal, ni constitucional que habilite al Poder Ejecutivo para prohibir el acceso a dichos lugares.
“Esta acción fue tomada en perjuicio de libertades constitucionales, especialmente en detrimento de las personas que residimos en las zonas costeras, lo cual constituye, no solo una infracción a la legalidad administrativa (en su dimensión negativa), por parte de los funcionarios públicos recurridos (…), sino que coartan las libertades ambulatorias y los derechos constitucionales”, indicó el abogado.
Brenes, respalda sus argumentos en la declaratoria de interés público del surf, actividad de la cual el Gobierno debe garantizar su práctica, pero que limita con las restricciones impuestas.
La intención del jurista es que se permita disfrutar de la playa a cualquier hora del día.