Operario es condenado a 38 años de cárcel por degollar a su esposa y quemar su cuerpo
Tenían discusiones frecuentes por envidia al éxito profesional. Ella era Ingeniera Industrial y él peón agrícola.
Tras la prueba contundente aportada durante el debate, la Fiscalía Adjunta de Liberia demostró la culpabilidad de Ronaldi Sequeira Duarte por un delito de femicidio y uno de incendio, con lo que el Tribunal Penal de la zona lo sentenció, esta mañana, a un total de 38 años de prisión.
Se trató del segundo juicio que se realiza por este caso, puesto que en el imputado ya había sido condenado por ambos delitos; sin embargo, a raíz de una apelación de su defensa, el debate fue anulado y se ordenó realizar otro.
En esta oportunidad, nuevamente la Fiscalía acreditó de forma sólida quelos hechos acusados ocurrieron el 05 de marzo del 2018, a las 11:00 p.m., en barrio El Capulín de Libera, donde vivían Sequeira y la víctima, Mariana Leiva Fernández, quienes tuvieron una relación matrimonial de seis años.
Ese día, el imputado utilizó un arma punzocortante y agredió a la ofendida en el cuello, tórax, abdomen y en las extremidades superiores, provocándole serias lesiones que le ocasionaron la muerte.
Tal como se demostró, luego de la muerte de Leiva, el acusado prendió fuego a la habitación en la que se encontraba la mujer y huyó; producto del incendio, se quemaron la puerta principal, ropa, una cama, una bicicleta estacionaria, un aire acondicionado, un televisor y una ventana.
Mariana Leiva era una ingeniera industrial graduada del Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR). Ella tenía dos trabajos, pues aparte de ejercer como ingeniera, se encargaba del mantenimiento y la vigilancia de la maquinaria agrícola propiedad de su papá.
Su esposo tenía discusiones frecuentes con ella debido a celos profesionales, debido a que él era operario agrícola y su esposa era la proveedora del hogar.
Sequeira fue sentenciado a 32 años de prisión por el delito de femicidio y a 6 años de cárcel por el de incendio. La investigación se desarrolló dentro del expediente 18-000494-0060-PE.